República Cromagnon: un análisis según el Código NFPA 101.
En el marco de Seguriexpo 2005, NFPA presentó su informe sobre el incendio de República Cromagnon, en la ciudad de Buenos Aires. La exposición estuvo a cargo de Ing. Eduardo E. Álvarez. El Ingeniero Álvarez es instructor titular de la NFPA 101 para Latinoamérica, miembro de la Junta Directiva de la Sección Latinoamericana de la NFPA y Vicepresidente Segundo del Capítulo Argentina de la NFPA. También es Director Regional de IFSC del Cono Sur en Buenos Aires, consultora de ingeniería de protección contra incendios.
El Ing. Álvarez comenzó la exposición describiendo el edificio donde se ubicaba la discoteca. En la pantalla se fueron superponiendo los diferentes planos del lugar:
Sobre el sector central, sobre la pista de baile, a unos 0.60 m del techo había una estructura de vigas metálicas reticuladas, que servía como soporte para las luces que iluminaban la pista. A fin de disimular los conductores de alimentación eléctrica y los sistemas de fijación, se cubrió con una “media sombra”.
A su vez, toda la losa de hormigón armado que constituía el techo se encontraba cubierta por un revestimiento acústico de espuma de poliuretano que no poseía características ignífugas.
Las bengalas impactaron en ese revestimiento y se desató la tragedia.
Si bien el NFPA 101, Código de Seguridad Humana, no es exigido en Argentina, el mismo es el código de referencia de los principales proyectos edilicios en el mundo.
Según el NFPA 101
• El lugar debería haber estado protegido con un sistema de rociadores automáticos que han demostrado ser una excelente medida de protección para la vida.
• La capacidad máxima de la disco sería de 1950 personas., debiendo haber carteles que indicaran este dato.
• La capacidad máxima de 1950 personas exige cuatro salidas separadas, como mínimo, 23 metros. El hecho de que las salidas no estén suficientemente distanciadas una de otra aumenta el riesgo de que un mismo incendio afecte ambas salidas al mismo tiempo.
• Las dos salidas existentes, de haber estado abiertas, brindaban una capacidad de evacuación de 2353 personas; por lo cual, si se hubiera respetado la capacidad máxima, habrían sido suficientes.
• El recorrido máximo desde cualquier punto ocupado hasta la salida no debe exceder los 61 metros, a fin de garantizar de manera razonable la evacuación de todas las personas. En Cromagnon, las distancias máximas hasta la salida eran entre 60 y 80 metros; pero recordemos que las salidas estaban ambas sobre la misma fachada y a una distancia de 10 metros.
• Los revestimientos interiores deben poseer un factor de propagación de llama no mayor a 75. Es probable que en el caso de Cromagnon el revestimiento acústico de espuma de poliuretano bajo el techo del local no cumpliera con este requisito.
• La prohibición de uso de pirotecnia.
• Deben haber guías de evacuación entrenados a razón de uno cada 250 ocupantes. El local no poseía este personal entrenado.
• Las salidas deben estar señalizadas mediante carteles luminosos que deben permanecer encendidos durante el tiempo que el lugar esté ocupado; y las mismas salidas deben estar iluminadas durante todo ese período. Según testigos, los carteles estaban, pero no iluminados. La evacuación del lugar sobreocupado se realizó a oscuras, sin luces que indicaran hacia dónde debían dirigirse los evacuantes. A esto debemos agregar el agravante de la creciente concentración de gases tóxicos.
Salvo los rociadores automáticos y el revestimiento acústico, lo analizado poseía algún tipo de reglamentación. Son temas, además, de sentido común. Y esto nos lleva a decir que más allá de las reglamentaciones -que deben ser mejoradas y actualizadas- se debe crear una conciencia social respecto del tema incendios.