viernes 26 de abril de 2024
Revista Innovación Seguridad » Detección de incendios » 10 ene 2019

NORMATIVA

Carga de fuego y normativa

Todos los establecimientos industriales deben contar con sistemas de detección y extinción de incendios, y como profesionales en la materia debemos asesorar correctamente sobre el diseño y la implementación de los sistemas requeridos.


Por:
Juan Fanjul, Director ejecutivo de VLX Electrónica, info@vlxelectronica.com.ar

Si bien hay capacitación de muchos fabricantes sobre las características y el funcionamiento de los equipos (muchas de ellas notablemente innovadoras como la detección de incendio a través de análisis inteligente de video), es fundamental conocer la normativa vigente y algunos conceptos sumamente importantes como el de “carga de fuego”.

 

La carga de fuego relaciona todos los materiales presentes en un sector (llamado sector de incendio), con el poder calórico de la madera. De esta manera, si reemplazáramos todos los elementos existentes por la cantidad de madera calculada (en kilos), se generaría la misma cantidad de calor en caso de un incendio.

 

Los sectores de incendio son compartimentos “aislados” del edificio, y para su aislación se utilizan elementos separadores resistentes al fuego, de manera que el fuego generado dentro de un sector de incendios no puede salir de él (y si se origina fuera, no pueda entrar). La idea es que el incendio quede confinado a un sector por un determinado tiempo evitando su propagación (hacia arriba y hacia los laterales).

 

Se define entonces como carga de fuego al “peso en madera por unidad de superficie (kg/m2) capaz de desarrollar una cantidad de calor equivalente a la de los materiales contenidos en el sector de incendio”.

 

Al realizarse este estudio no se busca únicamente conocer la cantidad total de calor que es capaz de generar la combustión de los materiales; sino que este dato resulta fundamental para obtener la capacidad extintora a instalar. Se relevan también las características del lugar para poder determinar el riesgo de incendio, se analizan factores importantes para la implementación de sistemas de detección temprana, la cantidad y distribución de extintores, y la elaboración de planes de evacuación.

 

El Decreto 351 de la Ley Nº 19587/72 (Seguridad e Higiene) establece las tablas y el cuadro de protección contra incendio.

 

Son recordados los incendios de Iron Mountain en el barrio de Barracas (en el que murieron ocho bomberos al derrumbarse una pared), el de la Torre Windsor (año 2005 en Madrid) y el más reciente en el museo de Bellas Artes en la ciudad de Río de Janeiro.

 

Actualmente sólo en la Ciudad de Buenos Aires se investigan unos 20 incendios mensuales.

 

La falta de concientización, las medidas de seguridad insuficientes, la falta de inversión y de mantenimiento de los sistemas favorecen este tipo de incidentes, muchas veces evitables.

 

En Diciembre de 2018 se sancionó en la Ciudad de Buenos Aires la Ley 5920, que obliga a todos los establecimientos (públicos o privados) a presentar un Sistema de Autoprotección. Cabe mencionar que es de aplicación voluntaria para aquellos edificios que sean sólo de viviendas.

 

La ley entró en vigencia en febrero de este año, tiene como autoridad de aplicación a la Dirección General de Defensa Civil y alcanza a todos los edificios y a los eventos con concurrencia masiva de público.

 

El Sistema de Autoprotección debe consistir en un conjunto de acciones y medidas destinadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, para proporcionar una respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia.

 

Para su aprobación, la presentación del sistema debe incluir entre otras cosas la descripción de la actividad, la descripción de los medios técnicos de protección con que cuenta el establecimiento, el plan de capacitación de las personas designadas para la puesta en marcha del procedimiento de emergencia y el plan de evacuación.

 

Debido a estas exigencias, actualmente resulta fundamental contar con la asistencia de especialistas que puedan asistir y dar respuesta a estas nuevas demandas.

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